07/09/2026
La distribución de dividendos tiene un costo impositivo que no se limita al impuesto aplicado directamente sobre el dividendo.
Para determinar cuál es la carga fiscal efectiva de una distribución, es necesario considerar conjuntamente el Impuesto a las Ganancias pagado por la sociedad sobre las utilidades y la imposición que recae posteriormente sobre los dividendos percibidos por determinados accionistas.
Este análisis permite comprender por qué, dependiendo de la tasa corporativa aplicable, la carga tributaria integrada puede acercarse al 40%.
¿Qué impuesto se aplica sobre los dividendos?
La Ley del Impuesto a las Ganancias establece una imposición del 7% sobre los dividendos distribuidos a favor de determinados accionistas.
Este impuesto alcanza a los dividendos aprobados a favor de personas humanas residentes en Argentina y también a personas humanas o sociedades residentes en el exterior, de acuerdo con las condiciones previstas por la normativa.
Pero existe una cuestión fundamental: el 7% no representa por sí solo el costo fiscal total de distribuir las utilidades.
Antes de llegar a la distribución, esas ganancias ya fueron alcanzadas por el Impuesto a las Ganancias correspondiente a la sociedad.
Por eso, para conocer el costo efectivo de la distribución, deben considerarse ambos niveles de imposición.
La tributación integrada: sociedad + accionista
Las sociedades pueden quedar alcanzadas por distintas tasas del Impuesto a las Ganancias, según el nivel de renta correspondiente.
Considerando las tasas corporativas del 25%, 30% y 35%, y adicionando el impuesto del 7% sobre los dividendos, la carga impositiva integrada sería:
Tasa corporativa del 25% + 7% sobre dividendos → 30,25%
Tasa corporativa del 30% + 7% sobre dividendos → 34,90%
Tasa corporativa del 35% + 7% sobre dividendos → 39,55%
Es decir, en el escenario de mayor tasa corporativa, la carga fiscal integrada puede alcanzar prácticamente el 40% de la utilidad generada.
¿Por qué no se suman simplemente 35% + 7%?
Porque el 7% se aplica sobre el dividendo que queda después de la imposición corporativa.
Por ejemplo, si una sociedad obtiene $100 de utilidad y se encuentra alcanzada por una tasa corporativa del 35%, quedarían $65 después del impuesto societario.
Sobre esos $65 distribuidos como dividendos se aplicaría el 7%, equivalente a $4,55.
El costo fiscal total sería entonces de $39,55 sobre los $100 de utilidad original.
Por eso, la tasa integrada resulta del 39,55% y no del 42%.
¿Qué ocurre si el accionista quiere recibir el dividendo “libre de impuestos”?
En la práctica puede presentarse otra situación.
El accionista puede pretender recibir un determinado importe neto de impuestos, trasladando a la sociedad el costo correspondiente al impuesto sobre los dividendos.
En ese supuesto, la carga efectiva aumenta porque la empresa debe distribuir un importe bruto mayor para que, después de descontar el impuesto, el accionista reciba el monto neto pretendido.
Según el análisis citado, el impuesto efectivo sobre el dividendo puede elevarse al 7,53%, incrementando consecuentemente el costo impositivo total de la distribución.
Por lo tanto, cuando se analiza una distribución de dividendos, no alcanza con preguntar cuánto impuesto paga el accionista.
También resulta necesario determinar: