Exportaciones por Correo Argentino: ARCA reglamentó el nuevo régimen simplificado

03/08/2026

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) reglamentó el procedimiento para realizar exportaciones comerciales a través del Correo Argentino mediante un régimen simplificado, luego de que el Decreto 604/2026 eliminara los límites de valor aplicables a este tipo de operaciones.

La medida fue oficializada mediante la Resolución General 5886/2026, publicada el 3 de agosto de 2026, y establece el procedimiento que deberán seguir quienes deseen exportar mercaderías utilizando el operador postal designado.

Si bien la resolución ya se encuentra vigente, su implementación operativa dependerá del cronograma que ARCA publique en el micrositio "Envíos internacionales".

¿Qué cambia con el nuevo régimen?
La principal novedad es la incorporación de un procedimiento específico para canalizar exportaciones comerciales por vía postal sin un límite máximo de valor de la mercadería.

El régimen busca simplificar este tipo de operaciones, aunque mantiene los controles aduaneros y los requisitos documentales previstos por la normativa vigente.

La Declaración de Exportación Simplificada Postal (DESP)
El eje del nuevo procedimiento será la Declaración de Exportación Simplificada Postal (DESP).

Antes de entregar la mercadería al Correo Argentino, el exportador deberá cumplir con una serie de requisitos:
  • Contar con el perfil de exportador habilitado ante ARCA.
  • Emitir la correspondiente Factura "E".
  • Confeccionar la Declaración de Exportación Simplificada Postal.
La declaración deberá completarse a través del sitio web indicado por el operador postal, previa validación de la identidad del exportador.

Información que deberá declararse
Además de los datos previstos en los formularios postales internacionales CN22 o CN23, la DESP deberá incluir, entre otros datos:
  • CUIT del exportador.
  • Número de la Factura "E".
  • Valor FOB expresado en dólares estadounidenses.
  • Posición arancelaria de la mercadería a ocho dígitos.
La normativa también prevé que el sistema utilizado por el operador postal permita obtener la posición arancelaria correspondiente a partir de la descripción del producto.

Asimismo, deberán abonarse la tasa del servicio y los tributos que correspondan según la operación.

Control del operador postal y de ARCA
Una vez recibido el envío, el operador postal verificará la documentación presentada, incorporará el identificador unívoco de la operación y colocará el formulario postal correspondiente.

Si durante ese control se detectaran inconsistencias relacionadas con el peso, la cantidad, el volumen u otros datos relevantes, estas deberán ser corregidas antes de continuar con el trámite, pudiendo generar modificaciones en la liquidación de los tributos.

Posteriormente, la información será transmitida en tiempo real a ARCA y la mercadería será remitida al Centro Postal Internacional para su clasificación y despacho.

Verificaciones aduaneras
El servicio aduanero podrá disponer controles físicos de la mercadería cuando los criterios de selectividad y análisis de riesgo así lo justifiquen.

Durante esas verificaciones, el operador postal actuará como representante del exportador, salvo que este manifieste expresamente su voluntad de intervenir personalmente o designe otro representante.

Si la exportación no resultara autorizada, la mercadería será devuelta al operador postal para su restitución al remitente, excepto cuando existan presuntas infracciones o delitos aduaneros.

Operaciones excluidas
La utilización del régimen simplificado no modifica la aplicación de la normativa aduanera, arancelaria y cambiaria vigente.

Además, la resolución establece que la adhesión a este procedimiento implica la renuncia a los beneficios promocionales vinculados a las exportaciones.

Por otra parte, quedan excluidas del régimen aquellas mercaderías sujetas a controles aduaneros especiales, cupos de exportación o intervenciones obligatorias de otros organismos.

Vigencia
La Resolución General 5886/2026 entró en vigencia el 3 de agosto de 2026.

No obstante, el inicio efectivo de las operaciones dependerá del cronograma de implementación que ARCA publique en el micrositio "Envíos internacionales", donde también se difundirán los lineamientos operativos y las especificaciones técnicas necesarias para utilizar el nuevo procedimiento.

Un nuevo esquema para simplificar las exportaciones postales
Con esta reglamentación, ARCA completa la implementación del nuevo régimen simplificado para exportaciones comerciales por vía postal previsto por el Decreto 604/2026.

El sistema incorpora un procedimiento digital específico, centralizado en la Declaración de Exportación Simplificada Postal (DESP), y busca facilitar las exportaciones realizadas a través del Correo Argentino, manteniendo los controles aduaneros propios del comercio exterior.
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