AFIP actualizó el monto mínimo para informar y proceder al respecto en cuanto a compras, acreditaciones, extracciones y saldos.

1/2/2023

El monto actualizado ahora se fija en $90.000, es decir si los consumos mensuales superan este monto, las entidades financieras reportan los movimientos al fisco y en el caso que estos movimientos sean constantes y no puedan ser justificados con los ingresos, puede congelar los fondos o bien el uso de las tarjetas. Por lo tanto, se recomienda absoluta precaución al respecto.

Anteriormente, el monto mínimo para informar a la AFIP pasó de $ 10.000 a $ 30.000 para que los bancos agilicen sus operaciones. Además, las entidades bancarias informan de manera automática al organismo tributario el momento en que se supera el monto mínimo de $ 90.000.

Se recomienda absoluta atención en este tema y en la administración y gestión de compras, acreditaciones y/o extracciones que se realicen, ya que el fisco ejerce un control cada vez mayor al respecto si los ingresos del contribuyente no pueden justificar lo anteriormente mencionado.

En el caso de monotributistas recordemos que además, es una causal de recategorización de oficio y/o exclusión del régimen.