28/12/2023
Tal como se había adelantado semanas atrás, se actualizan los valores del Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes, en materia de ingresos devengados, como también en sus valores a abonar como hechos preponderantes. Les compartimos en este post la tabla que entra en vigencia a partir del 01/01/2024 en consonancia con algunos recordatorios.
Recordemos que el fisco suspendió hasta el 31 de diciembre inclusive las exclusiones de pleno derecho del régimen, lo que implica de no mediar prórroga alguna, que a partir de la próxima semana esta medida quedará sin efecto.
También, que el día 20 de enero estarán venciendo las primeras recategorizaciones del año, si bien existen pedidos de prórroga al 31 de enero, aún los mismos no cuentan con su aceptación por el momento.
Estarán exentos del pago del impuesto integrado, los monotributistas de las categorías A y B, siempre que no obtengan ingresos por:
-Trabajo en relación de dependencia, cargos públicos, jubilaciones, pensiones o retiros.
-Dirección, administración o conducción de sociedades.
-Locación de bienes muebles o inmuebles.
-Prestaciones e inversiones financieras, compraventa de valores mobiliarios y de participaciones en las utilidades de sociedades