14/12/2023
La Comisión Nacional de Valores (CNV), en consonancia con las medidas anunciadas por el
Ministerio de Economía, informó la continuación de la flexibilización de medidas extraordinarias
y temporales implementadas durante periodos de mayor volatilidad cambiaria. Esta modificación
afecta los plazos de permanencia para la liquidación de títulos públicos, según lo establecido en la
RG-988. La resolución deroga disposiciones anteriores contenidas en
resoluciones transitorias, devolviendo la regulación al periodo previo a las tensiones cambiarias que
motivaron su implementación.
Las principales modificaciones introducidas por la RG 988 son:
-Unificación de los plazos de permanencia (parking) para todos los activos, fijados en un día hábil
entre la compra en pesos y la venta en dólares.
-Reversión de la prohibición de vender bonos soberanos (AL y GD) con liquidación en dólares por
más de 100 mil valores nominales semanales.
-Reversión de la prohibición de aplicar los dólares obtenidos por la venta de bonos soberanos en
otros instrumentos durante 30 días.
Reversión de la obligación de presentar una declaración jurada semanal por parte de las ALyCs
con todas las operaciones realizadas en mercados del exterior.