Reducción de anticipos de Ganancias y Bienes personales.

12/12/2023

Los anticipos de Ganancias funcionan como un pago a cuenta del impuesto. Los contribuyentes alcanzados por este gravamen deben abonar, a lo largo del año, diferentes importes que luego serán tomados a cuenta al realizar la declaración jurada anual y pagarla. AFIP exige el ingreso de diez anticipos anuales a las personas jurídicas y cinco a las personas humanas y sucesiones indivisas.

Debido a que el valor de los anticipos se determina de forma automática en base a la ganancia neta declarada en el período anterior, con frecuencia sucede que el mismo no se ajusta al saldo próximo a pagar de Ganancias. Si los montos resultasen superiores al impuesto principal, los contribuyentes podrán acceder a una reducción de los anticipos.

Desde mañana, 13/12 al 15/12, está venciendo el 3er anticipo de Ganancias y Bienes Personales 2023 para personas humanas y sucesiones indivisas, por lo tanto a partir de este anticipo se puede hacer uso de la opción de reducción de anticipos en caso de que corresponda.

¿Cuáles son los requisitos para solicitar la reducción?

-Estar alcanzado por el impuesto a las Ganancias como persona física, persona jurídica o sucesión indivisa.
-Poseer CUIT activo y sin limitaciones por incumplimientos.
-Estar adherido al Domicilio Fiscal Electrónico.
-No haber presentado en un plazo de 45 días otra solicitud de reducción de anticipos de Ganancias del mismo período.
-No poseer declaraciones juradas de Ganancias pendientes de presentación.

Por otra parte, AFIP establece las siguientes condiciones:

-Las personas físicas o sucesiones indivisas podrán solicitar la reducción a partir del tercer anticipo.
-En cambio, las personas jurídicas podrán hacerlo desde el quinto anticipo.
-Excepciones: si el contribuyente considerase que la suma total de anticipos superará en más de un 40% al importe del impuesto al cual se imputan, podrá pedir la reducción a partir del primer anticipo.

Aquellos cuyo importe base para el cálculo de los anticipos sea superior a $50.000.000 y soliciten una reducción de los mismos mayor al 10%, tendrán que llevar a cabo un procedimiento diferente al resto de los contribuyentes.

¿Cómo realizar esta nueva solicitud?

Los interesados deberán enviar la solicitud a través de la herramienta “Presentaciones Digitales”, opción “Solicitud de Reducción de Anticipos Impuesto a las Ganancias – Trámite Especial”.

Allí informarán el nuevo monto de la base para el cálculo de los anticipos y a qué período fiscal se aplica. Deberán adjuntar documentación respaldatoria que justifique la solicitud y el importe calculado. El trámite tendrá que llevarse a cabo 60 días antes del vencimiento del último anticipo.

Luego de efectuada la solicitud, la misma será evaluada por AFIP y, en caso de considerarlo necesario, el organismo podrá solicitar nueva documentación respaldatoria. La resolución de la misma será comunicada al Domicilio Fiscal Electrónico.

En caso de aprobación del trámite, los nuevos importes de los anticipos podrán visualizarse de forma automática en el Sistema de Cuentas Tributarias.